La Corte de Apelaciones de Antofagasta dejó hoy –lunes 21 de abril– sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a F.A.B.G., imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados y reiterados de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas y abuso sexual sin contacto corporal de menores de 14 años de edad. Ilícitos perpetrados desde 2015, en establecimientos educacionales y en la vía pública de la ciudad.
En fallo dividido (causa rol 401-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Luis Cortés Sánchez– revocó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, considerando el número de delitos y las circunstancias en las que el imputado habría realizado las grabaciones.
“(…) considerando el número de delitos, las circunstancias que el imputado actuaba en todo sitio y lugar obteniendo grabaciones de las partes íntimas de niñas para su excitación sexual, que incluso lo realizaba en los tres colegios en que trabajaba aprovechándose del acceso que tenía hacia dichas niñas o adolescentes en su calidad de paradocente, que lo mismo realizaba en la vía pública durante muchos años, e incluso utilizando tecnología para evitar ser descubierto, afectando la indemnidad de una gran cantidad de niños, sin perjuicio de que además afectaba acciones íntimas de compañeras de trabajo, y que en todo caso dentro de su discurso justifica su actuar, surge de lo anterior un claro y evidente peligro de reiteración, que hace necesaria su privación de libertad como único medio para cautelar la seguridad de la sociedad y, en especial, de las niñas y adolescentes de esta ciudad, por lo que se accederá a la petición del Ministerio Público decretando la prisión preventiva”, consigna el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veinticinco, que denegó decretar la medida cautelar de prisión preventiva al imputado F.A.B.G., por los delitos de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas, en carácter de reiterado y abuso sexual sin contacto corporal de menor de 14 años y en su lugar se decreta la referida medida cautelar”.
Decisión acordada con el voto en contra del ministro Opazo Lagos.
Según el ente persecutor, el imputado de 45 años e inspector de un establecimiento educacional de Antofagasta, fue sorprendido en la vía pública el jueves 10 de abril recién pasado, mientras grababa con su teléfono celular partes íntimas de una adolescente.
Al periciar el equipo móvil del imputado, la policía halló “múltiples grabaciones que el encartado tenía y que había realizado en la vía pública y en los colegios donde se desempeñaba como paradocente, lo que sumado a su declaración en donde derechamente reconoce su autoría, permite concluir que existen presunciones fundadas de participación del imputado en el delito reiterado del artículo 161 C del Código Penal, por el cual fue formalizado”, consigna la resolución del tribunal de alzada.