La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de la exalcaldesa de Antofagasta Karen Rojo, en contra de la resolución que rechazó la solicitud de aplicación del beneficio de pena mixta.
Fue la Primera Sala del tribunal de alzada la que no dio lugar a la acción, tras establecer que la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, fue dictada por magistratura competente y en ámbito de sus atribuciones.
“La citada acción (el recurso de amparo) es procedente en aquellos casos en que la libertad personal de una persona se vea amagada con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, con el fin preciso de que se ordene guardar las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Acorde a lo expuesto, la procedencia de esta acción en contra de una resolución judicial resulta, ante todo, excepcional”, sostiene el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “se rechaza el recurso de amparo deducido por el abogado don Fidel Castro Allendes, en nombre y en representación de doña Karen Paulina Rojo Venegas, en contra de la primera sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por la ministra doña Virginia Soublette Miranda, el ministro señor Jaime Aníbal Rojas Mundaca y el abogado integrante don